Fecha: f 30, 22
Autor: editor
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Esto es todo lo que tu empresa necesita saber sobre el pago de prima. Conoce cómo cumplir con esta obligación sin que te endeudes.
De acuerdo con el Artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, tu empresa debe pagar la prima de fin de año a más tardar hasta el 20 de diciembre de 2022.
Puedes pedir un crédito en una entidad tradicional. Sin embargo, te recomendamos que no elijas esta alternativa, porque los tiempos de respuesta generalmente tardan varios días y, adicionalmente, las tasas elevadas hacen que tu empresa tenga que pagar altos intereses.
La opción que te recomendamos por ser efectiva y rápida es que uses tus facturas para asumir el pago de la prima, pues al ser activos tuyos, estarás usando recursos propios de tu empresa y eso hace que no se te genere endeudamiento. Por eso vamos a contarte de qué se trata.
Es posible que en tu empresa no cuentes con liquidez, pero sí tengas facturas por cobrar. Si ese es tu caso, puedes solicitar una operación de Factoring Online sin alianza con KLYM para que recibas tu pago en pocas horas y cuentes con el flujo de caja necesario para que pagues las primas de tu empresa.
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Como sabes, la prima de servicios comprende el pago equivalente a un mes de salario y este se distribuye en 2 pagos: uno que se hace en junio y otro que se hace en diciembre.
Si deseas calcular el pago anual que debes hacer a cada persona que hace parte de tu equipo de trabajo y laboró durante todo el año, debes tener en cuenta la siguiente fórmula:
Salario básico X Días trabajados ÷ 360
–> En caso de que quieras saber cuánto debes pagar semestralmente a cada persona que trabaje en tu empresa, haz la siguiente fórmula: Salario básico X Días trabajados ÷ 180
Salario básico. Incluir el salario base y los conceptos que también constituyan al salario (por ejemplo, horas extra y dominicales).
Días trabajados. Por efectos legales, cada mes sin excepción debe ser tenido en cuenta como un periodo de 30 días (así, por ejemplo, diciembre tenga 31 días).
Puedes asignar el pago de la prima de servicios de tu equipo de trabajo mensualmente.
Es decir, divides el valor de cada prima en 12 y lo que debes hacer es ir guardando la cantidad correspondiente hasta que, cuando llegue el momento de cumplir con esta obligación, tengas el monto que ahorraste para destinarlo al pago de la prima de tus trabajadores/as. Puedes usar esta fórmula sencilla:
100/12 = 8.33.
En donde 100 equivale al valor de la prima y 12 corresponde a los meses del año. Esto quiere decir que debes guardar mensualmente ese 8.33%.
De acuerdo con el Artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo, se deberá indemnizar a la(s) persona(s) que no se les pagó con una sanción del equivalente a un salario diario por cada día de retardo.
Sobre esto, el portal Actualícese indicó que si han pasado más de 24 meses de retardo en el pago se deberán pagar otros conceptos como intereses moratorios. Allí también se aclara que se debe comprobar que las empresas actuaron de mala fe y que, en los casos en que hubo pocos días de retraso, no habrá lugar a sanciones para la empresa.
1. La prima debe pagarse incluso durante el periodo de prueba de una persona.
2. Cada trabajador/a dependiente también tiene derecho al pago de la prima, cuando está incapacitado/a.
3. Si a alguna persona en tu empresa se le suspendió el contrato o estuvo en una licencia no remunerada, tiene derecho a la prima, promediando los días que efectivamente trabajó.
4. Así una persona que haya trabajado para tu empresa hubiese sido despedida con justa causa, tiene derecho a recibir su prima, tal y como lo dice el Artículo 340 del Código Sustantivo del Trabajo.
5. Hay algunas empresas que pagan la prima de manera mensual; es decir, dividen el valor y lo fraccionan. Aunque esto puede hacerse legalmente, no es una práctica recomendable porque puede prestarse a conflictos y por otra parte, se pierde el propósito de beneficiar a los/as trabajadores/as.
6. Las primas extralegales son una prestación social adicional que las empresas pueden dar a su equipo de trabajo. Es decir, adicionales a la de junio y diciembre en los casos de los/as trabajadores/as dependientes y a todas las que se les otorgue en cualquier momento del año a las personas que no son empleados/as dependientes. Estas primas extralegales no son obligatorias ni vinculantes y pueden darse o quitarse en cualquier momento.
*Las primas extralegales que son producto de reglamentaciones por colectivos de trabajo o sindicatos dentro de la empresa. En casos puntuales como este, la prima extralegal cobra una figura más fuerte, en donde existe una protección más robusta hacia este beneficio.
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