Fecha: f 30, 23
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Conoce lo que debes tener en cuenta en tu empresa para el pago de la prima. Una especialista en derecho tributario te da los puntos clave.
1. Las empresas deben pagar la prima 2 veces en el año: la primera antes del 30 de junio y la segunda durante los primeros 20 días del mes de diciembre.
2. Este pago se puede planificar mes a mes. También se puede cubrir con alternativas de financiamiento tradicionales y no tradicionales.
3. Una excelente opción para cubrir el pago de la prima consiste en que las empresas obtengan financiamiento a través de sus facturas. En KLYM ofrecemos factoring online, confirming, capital de trabajo y una línea de crédito rotativa.
Myriam García contadora y abogada; especialista en derecho tributario y normas internacionales, señala que la prima de servicios es un pago obligatorio que se estableció como una retribución que reconoce el empleador por los beneficios económicos y sociales que obtiene del trabajador.
Este pago corresponde al pago de 15 días de salario, por cada semestre laborado o proporcional por el tiempo que se laboró en el semestre.
Otro tema importante consiste en que las empresas y sus áreas contables deben provisionarse para que cuando llegue el momento de pago de una obligación como la prima, no se afecte el estado financiero del último mes.
“La prima de servicios se debe reconocer mensualmente como una cuenta por pagar y no como una provisión porque se conoce la cuantía y el vencimiento. Desde el punto de vista financiero, el reconocimiento mensual permite que el gasto sea comparable y además, que no se afecte el estado de resultados en los cierres de junio y diciembre, cuando se realiza el pago”, destacó Myriam.
Se debe pagar al final de cada semestre el 30 de junio una quincena y la otra quincena en los primeros 20 días del mes de diciembre.
Como experta en derecho tributario, Myriam agrega que “la prima de servicios es un pago obligatorio que se estableció como una retribución que reconoce el empleador por los beneficios económicos y sociales que obtiene cada trabajador y corresponde al pago de 15 días de salario, por cada semestre laborado o proporcional por el tiempo que laboró en el semestre”.
Por regla general desde el punto de vista contable se debe tener una provisión mensual de los gastos de la empresa.
Puedes pedir un crédito en una entidad tradicional. Sin embargo, los tiempos de respuesta pueden tardar varias semanas. Adicionalmente, tu empresa puede tener que pagar altos intereses en el largo plazo.
La opción que te recomendamos por ser efectiva y rápida es que uses tus facturas para asumir el pago de la prima, pues al ser activos, estarás usando recursos propios de tu empresa y eso hace que no se genere endeudamiento. Por eso vamos a contarte de qué se trata.
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Myriam García señala que para el cálculo de la prima se toma el salario promedio del semestre y se divide por 6. “Si el trabajador no laboró todo el semestre, tendremos que sumar los ingresos recibidos durante su tiempo laborado y se divide entre los meses trabajados”.
Si deseas calcular el pago anual que debes hacer a cada persona que hace parte de tu equipo de trabajo y laboró durante todo el año, debes tener en cuenta la siguiente fórmula:
Salario básico X Días trabajados ÷ 360
–> En caso de que quieras saber cuánto debes pagar semestralmente a cada persona que trabaje en tu empresa, haz la siguiente fórmula: Salario básico X Días trabajados ÷ 180
Salario básico. Incluir el salario base y los conceptos que también constituyan al salario (por ejemplo, horas extra y dominicales).
Días trabajados. Por efectos legales, cada mes sin excepción debe ser tenido en cuenta como un periodo de 30 días (así, por ejemplo, diciembre tenga 31 días).
Puedes asignar el pago de la prima de servicios de tu equipo de trabajo mensualmente.
Es decir, divides el valor de cada prima en 12 y lo que debes hacer es ir guardando la cantidad correspondiente hasta que, cuando llegue el momento de cumplir con esta obligación, tengas el monto disponible para destinarlo al pago de la prima de tus trabajadores/as. Puedes usar esta fórmula sencilla:
100/12 = 8.33.
En donde 100 equivale al valor de la prima y 12 corresponde a los meses del año. Esto quiere decir que debes guardar mensualmente ese 8.33%.
De acuerdo con el Artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo, se deberá indemnizar a la(s) persona(s) que no se les pagó con una sanción del equivalente a un salario diario por cada día de retardo.
Sobre esto, el portal Actualícese indicó que si han pasado más de 24 meses de retardo en el pago se deberán pagar otros conceptos como intereses moratorios. Allí también se aclara que se debe comprobar que las empresas actuaron de mala fe y que, en los casos en que hubo pocos días de retraso, no habrá lugar a sanciones para la empresa.
1. La prima debe pagarse incluso durante el periodo de prueba de una persona.
2. Cada trabajador/a dependiente también tiene derecho al pago de la prima, cuando está incapacitado/a.
3. Si a alguna persona en tu empresa se le suspendió el contrato o estuvo en una licencia no remunerada, tiene derecho a la prima, promediando los días que efectivamente trabajó.
4. Así una persona que haya trabajado para tu empresa hubiese sido despedida con justa causa, tiene derecho a recibir su prima, tal y como lo dice el Artículo 340 del Código Sustantivo del Trabajo.
5. Hay algunas empresas que pagan la prima de manera mensual; es decir, dividen el valor y lo fraccionan. Aunque esto puede hacerse legalmente, no es una práctica recomendable porque puede prestarse a conflictos y por otra parte, se pierde el propósito de beneficiar a los/as trabajadores/as.
6. Las primas extralegales son una prestación social adicional que las empresas pueden dar a su equipo de trabajo. Es decir, adicionales a la de junio y diciembre en los casos de los/as trabajadores/as dependientes y a todas las que se les otorgue en cualquier momento del año a las personas que no son empleados/as dependientes. Estas primas extralegales no son obligatorias ni vinculantes y pueden darse o quitarse en cualquier momento.
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